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miércoles, 1 de febrero de 2012

A partir de hoy rige el sistema obligatorio de Declaración Jurada Anticipada de Importaciones a través del cual quienes inicien operaciones comerciales con el exterior deberán presentar a los organismos de control gubernamental una nota de pedido que detalle, entre otros requisitos, el valor unitario y total de la mercadería, así como también su posición arancelaria.

La DJAI está disponible en www.afip.gob.ar y la información registrada será puesta a disposición de los organismos que adhieran al mecanismo, en función de su competencia en la materia, considerando la naturaleza de la mercadería a importar u otras condiciones establecidas por los mismos o por la AFIP, afirmó el Gobierno a través de un comunicado. Comercio Interior adhirió al sistema mediante la resolución 1/2012, que expresa que los controles permiten "realizar análisis tendientes a impedir que el mercado interno se vea afectado negativamente, ya que la importancia cualitativa y/o cuantitativa de las importaciones a efectuarse tiene la característica de impactar, sobre el comercio interior".
"Al mismo tiempo –agrega-, el acceso a la información contribuirá a una mejor y mayor evaluación del grado de competitividad de la actividad económica, posibilitando la tipificación de las estructuras de costos de los bienes que conforman el mercado". El ingreso de esos datos se hará vía electrónica y, de acuerdo con lo señalado por el administrador federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, que tiene a su cargo la instrumentación del sistema, el pedido se aprobará o se rechazará entre las 72 horas y los 10 días de haberse presentado la solicitud. El nuevo sistema prevé un ahorro de costos a los importadores, ya que "la información anticipada sirve para que los controles fitozoosanitarios y de comercio exterior y para que los que quieran importar sepan qué productos no pueden ser ingresados", definió el funcionario.
Una vez ingresados los datos, y en el período que va entre las 72 horas y los 10 días, los organismos vinculados con el control del ingreso de esa mercadería como el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), el Registro Nacional de Armas (RENAR), el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) o la Secretaría de Comercio Interior, entre otros, deberán presentar sus objeciones, caso contrario, la mercadería quedará autorizada para ingresar.

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